La donación de acciones pignoradas no supone en todos los casos, que se trate de donaciones onerosas o modales, en las que el donante impone una carga al donatario.: Sentencia de 5 de abril de 2001. Ponente: Ilma Sra. D.ª Isabel Garía García-Blanco. Revista Técnica Tributaria, [S. l.], v. 3, n. 54, p. 124–126, 2021. Disponível em: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1867. Acesso em: 12 mar. 2026.