Impuestos Especiales. Hidrocarburos. Nulidad del apartado 17 del Real Decreto 1965/1999 que mediante las definiciones de "Central eléctrica" y "Central combinada" excluye del ámbito de la exención aquellos hidrocarburos utilizados en la producción de electricidad y en la congeneración de elctricidad y calor.: TRIBUNAL SUPREMO (SALA TERCERA. SECCIÓN 2’) Sentencia de 2 de octubre de 2001 . Revista Técnica Tributaria, [S. l.], v. 1, n. 56, p. 164–166, 2021. Disponível em: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1807. Acesso em: 11 mar. 2026.