Declaración de cambio de domicilio. Debe entenderse cumplida y surtir efectos ante la Administración también cuando se produzca o se contenga en una declaración-liquidación o autoliquidación.: TRIBUNAL SUPREMO (SALA TERCERA. SECCIÓN 2ª). Sentencia de 9 de octubre de 2001. Revista Técnica Tributaria, [S. l.], v. 2, n. 57, p. 162–164, 2021. Disponível em: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1784. Acesso em: 11 mar. 2026.