Se considera venta directa la operación en la que se venden unos títulos a un intermediario para que estos, a su vez, los transmitan a terceros.Antigüedad de las acciones liberadas con cargo a reservas.: Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución de 7 de marzo de 2002. (2021). Revista Técnica Tributaria, 1(60), 181-183. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1708