1.
La donación de acciones pignoradas no supone en todos los casos, que se trate de donaciones onerosas o modales, en las que el donante impone una carga al donatario.: Sentencia de 5 de abril de 2001. Ponente: Ilma Sra. D.ª Isabel Garía García-Blanco. RTT. 2021;3(54):124-126. Accessed March 12, 2026. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1867