1.
Por aplicación directa de Directiva 69/335/CEE, sólo tributan en el país del domicilio de la sociedad matriz, las aportaciones de capital hechas por una sociedad matriz residente en otro país de la Unión Europea, a una filial residente en España: TRIBUNAL SUPREMO (SALA 3ª, SECC.2ª) Sentencia de 13 de julio de 2002. RTT. 2021;4(59):200-202. Accessed March 12, 2026. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1726