1.
I.S., ejercicios 2002, 2003 y 2004. Fraude de ley. La Administración tributaria no puede declarar el fraude de ley respecto de operaciones realizadas en ejercicios prescritos, aunque las mismas pudieran proyectar sus efectos en ejercicios no prescritos: Sentencia de 4 de julio de 2014, rec. 581/2013. Tribunal Supremo. Sala Tercera, Sección 2ª. RTT. 2021;3(106):155-158. Accessed March 12, 2026. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/665