[1]
2021. Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 35 de la LDGC no cabe exigir intereses suspensivos a las sanciones tributarias que hubieran estado suspendidas a consecuencia de la interposición de cualquier recurso.: TRIBUNAL SUPREMO (SALA 3ª SECCIÓN 2ª) Sentencia de 18 de Septiembre de 2001. Revista Técnica Tributaria. 4, 55 (Nov. 2021), 172–176.