[1]
2021. Desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones.Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demanda: STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera) . Recurso de amparo núm. 5260-2006. Revista Técnica Tributaria. 4, 83 (Sep. 2021), 121–122.