[1]
2021. Procedimiento inspector. Requisitos de la comunicación de actuaciones inspectoras una vez que se ha superado el plazo máximo de duración de las mismas según el artículo 150.2.a) LGT 58/2003. Diferencias entre lo dispuesto en ese precepto y el artículo 1: Tribunal Económico - Administrativo Central Resolución 00/4344/2009 de 19/07/201 Unidad resolutoria: Vocalía 5ª. Revista Técnica Tributaria. 4, 95 (Aug. 2021), 146–148.