Condicionamiento del derecho a deduccion del IVA. Requisitos de facturacion. Seguridad juridica.
SENTENCIA DE 14 DE JULIO DE 1988 ASUNTOS ACUMULADOS 123/87 Y 330/87: COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.
Resumen
En esta sentencia dictada en los asuntos acumulados de referencia, se resuelve la cuestión de que al amparo de la letra a) del apartado 1 del art. 18, y letras a) y b) del apartado 3 del artículo 22 de la Sexta Directiva, los Estados miembros no pueden llegar a exigir que las facturas, con motivo de la deducción del IVA, contengan una serie de requisitos que lleguen a hacer imposible o excesivamente difícil el ejercicio del derecho a deducción, pues lo que permiten dichos artículos es que las facturas contengan determinadas menciones destinadas a garantizar la aplicación de IV A y su control por la administración fiscal, pero no pueden ir más allá.
