La reforma del Impuesto sobre Actividades Económicas
Resumen
De entre las muchas e importantes modificaciones que la Ley 51/2002 ha introducido en el régimen de las Haciendas Locales, sin duda la de mayor trascendencia ha sido la que atañe al Impuesto sobre Actividades Económicas. Esta especial significación de la reforma del IAE vendría dada por tratarse de una cuestión con matices políticos y por afectar tanto a una de las más importantes fuentes de financiación de los Ayuntamientos como a un contingente superior a los dos millones de contribuyentes.
Por otro lado, no faltarían razones a quienes impulsaron la reforma, pues este tributo ha sido una de las figuras del sistema impositivo municipal más fuertemente criticada por los especialistas, quienes le han imputado su escasa flexibilidad ante las variaciones de los ciclos económicos, su total injusticia por su alejamiento de las bases imponibles reales, su fundamentación en una capacidad ficticia, la excesiva ponderación de los elementos físicos de las empresas con olvido de la realidad económica de las mismas, etc. Posiblemente, sólo podían argumentarse a favor de su mantenimiento dos motivos: su potencial recaudatorio, que lo ponía al servicio del principio de suficiencia de las Haciendas Locales, y las funciones censales, que venía a cumplir coadyuvando a la gestión de otras figuras del sistema.
