Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia. Comentario al Acuerdo de 23 de mayo de 2013, rec. 1141/2012

Revista Técnica Tributaria, Nº 104, Sección Doctrina Administrativa, Primer trimestre de 2014, AEDAF

Resumen

IVA. Exenciones. Servicios de homeopatía prestados por médico colegiado.

En la medida en que se cumplen los requisitos objetivos y subjetivos exigidos por las normas de aplicación, Exentos de IVA los servicios de homeopatía prestados por médico colegiado.

Fundamentos Jurídicos

TERCERO: Es de aplicación la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (….)

Están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido los servicios de asistencia médica, quirúrgica y sanitaria a personas físicas, relativos al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades en los términos expuestos, siempre que se presten por profesionales médicos o sanitarios según el ordenamiento jurídico, aunque actúen por medio de una sociedad que sea quien facture a los destinatarios, y con independencia de a quién se expidan las facturas. Con lo que, en definitiva, para poder aplicar la exención por la que se consulta, se requiere la concurrencia de dos requisitos. A saber:

CUARTO: Con la documentación aportada por el reclamante, no cabe duda, que en este caso, se cumple el requisito subjetivo, al haber quedado acreditada su Licenciatura en Medicina y su colegiación en el Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia, por lo que únicamente procede entrar a valorar si también concurre el requisito objetivo…

… No ofrece duda que el ejercicio de la homeopatía está directamente vinculado con el diagnóstico, la prevención y/o el tratamiento de enfermedades concretas de pacientes determinados…

La Homeopatía es, por tanto, una práctica médico-terapéutica que como tal debe ser realizada por un Licenciado en Medicina, sin perjuicio de que el profesional médico que la aplique pueda ostentar Diplomas (no oficiales)…

La Ley 25/1990 de 20 de diciembre del Medicamento (B.O.E. de 22 de diciembre), en su artículo 54 al referirse a los medicamentos homeopáticos dice: "Los productos homeopáticos preparados industrialmente y que se comercializan con indicación terapéutica se someterán, a todos los efectos, al régimen de medicamentos previstos en esta Ley"…

En definitiva, y en vista de todo ello, este Tribunal considera que aun cuando la homeopatía no se encuentre reconocida como especialidad en ciencias de la salud, en el sentido de lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre , estando el reclamante en posesión de la Licenciatura en Medicina, y desarrollando una actividad sanitaria que consiste en la prevención, diagnóstico, y tratamiento de enfermedades mediante medicamentos homeopáticos, ha de concluirse que los servicios prestados en el ejercicio de su profesión se encuentran exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido.