Gabinete de Estudios de AEDAF
Revista Técnica Tributaria, Nº 141, Sección Pronunciamientos pendientes del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Segundo trimestre de 2023, AEDAF
A continuación, se relaciona una selección de los recursos de casación admitidos por el Tribunal Supremo que mayor interés presentan para la práctica profesional.
Categorías y elementos tributarios
Consecuencias jurídicas de incumplir el efecto vinculante de las consultas tributarias.
Auto del Tribunal Supremo 3291/2023, de 15 de marzo de 2023, rec. 5994/2022
Cuestión con interés casacional: 1. Determinar si el órgano judicial que controla la legalidad de un acuerdo de liquidación, ha de analizar, cuando así se denuncie, si el órgano liquidador se apartó de la doctrina administrativa vigente en la fecha de la liquidación y que le vinculaba de conformidad con el artículo 89.1 de la Ley General Tributaria y, por lo tanto, debe anular el acto de liquidación cuando constate tal apartamiento, con independencia de que repute correcto o no el criterio jurídico vinculante o de que exista doctrina administrativa o jurisprudencia posterior en sentido contrario a dicho criterio. O si, por el contrario, el órgano judicial debe entrar a estudiar, en todo caso, la corrección del criterio jurídico vinculante y el seguido por la liquidación de modo que, aun habiendo desconocido aquella doctrina administrativa vinculante, cabe verificar que el acto de liquidación es conforme a Derecho y no procede, en ese caso, su anulación. 2. Reafirmar, reforzar o, en su caso, completar o matizar la jurisprudencia fijada en las sentencias de 16 y 17 de diciembre de 2019 (rec. 6477/2018, ECLI:ES:TS:2019:4102 y rec. 6274/2018, ECLI:ES:TS:2019:4073) sobre el concepto de «utilización o explotación efectiva» previsto en el artículo 70.Dos de la LIVA en relación con servicios de publicidad, cuando estos se prestan por vía electrónica a través de internet.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Devolución de ingresos indebidos. Pago del recargo de apremio ordinario por un responsable tributario cuando otro responsable ya ha abonado toda la deuda derivada. Supuesto aplicable: art. 221.1.a) o 221.3 de la LGT.
Auto del Tribunal Supremo 4598/2023, de 19 de abril de 2023, rec. 6967/2022
Cuestión con interés casacional: (1) Determinar qué procedimiento de devolución de ingresos indebidos resulta aplicable —si el del artículo 221.1 o el del artículo 221.3 de la Ley General Tributaria—, a la luz de la jurisprudencia fijada en la sentencia de 10 de diciembre de 2020 (rec. 2189/2018, ECLI:ES:TS:2020:4312), en aquellos supuestos en los que un responsable tributario abona el recargo de apremio ordinario exigido en el procedimiento de apremio seguido contra él, pero de forma previa otro responsable tributario ha abonado toda la deuda derivada —incluido el recargo—, y han devenido firmes tanto la providencia de apremio en la que se liquidó y requirió, originalmente, el pago del recargo a aquel responsable, así como el subsiguiente requerimiento de pago emitido tras el mencionado abono del otro responsable. (2) Precisar si la jurisprudencia emanada del recurso de casación ostenta carácter retrospectivo sobre los actos practicados por la Administración tributaria y, en particular, si resulta aplicable la doctrina fijada en la sentencia de 10 de diciembre de 2020 (rec. 2189/2018, ECLI:ES:TS:2020:4312) sobre aquellos recargos del período ejecutivo que se liquidaron, adquirieron firmeza, se requirió su pago y se abonaron antes de su dictado.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario. Principio de buena regulación.
Auto del Tribunal Supremo 4733/2023, de 26 de abril de 2023, rec. 7495/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si, en los procedimientos de recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario —anteriores a la entrada en vigor de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre o Norma Foral 19/2016, de 23 de diciembre— cuando una resolución judicial aprecie defectos formales y ordene la retroacción de las actuaciones administrativas, estas están sujetas a un determinado plazo y, en particular, si deberán finalizar en el período que reste desde el momento al que se retrotraigan las actuaciones hasta la conclusión del plazo al que se refiere el artículo 104 LGT o 100 NFGTA o en el plazo de tres meses, si este último fuera superior.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Procedimiento de inspección. Autorización de entrada en domicilio.
Auto del Tribunal Supremo 5702/2023, de 17 de mayo de 2023, rec. 323/2023
Cuestión con interés casacional: Precisar si la doctrina fijada en la sentencia de 1 de octubre de 2020 (RCA/2966/2019, ECLI:ES:TS:2020:3023), sobre los requisitos de validez de las entradas y registros, es de aplicación a las actuaciones practicadas con el consentimiento del interesado o de una persona autorizada para otorgarlo.
Determinar si la anulación de una autorización de entrada y registro o la apreciación de la ilegalidad de estas actuaciones comporta per se la revocación de los acuerdos de liquidación o sancionador que se dictaran en el procedimiento que justificó tal registro o, por el contrario, es necesario valorar si los datos obtenidos en esas actuaciones fueron determinantes o no para la regularización practicada y la imposición de la sanción.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Infracciones y sanciones tributarias
Infracción tributaria por incumplir obligaciones de facturación o documentación. Infracción muy grave por expedición de facturas o documentos sustitutivos con datos falsos o falseados. Graduación de la sanción por incumplimiento sustancial de las obligaciones anteriores.
Auto del Tribunal Supremo 1336/2023, de 1 de febrero de 2023, rec. 5108/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si resulta aplicable el criterio de graduación de las sanciones prevista en el artículo 201.5 de la LGT en relación con el artículo 187.1.c) de la LGT, en aquellos supuestos en los que la conducta sancionada (expedición de facturas o documentos sustitutivos con datos falsos o falseados) trae causa de la simulación de una actividad económica de la que se derivan las obligaciones de facturación.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Procedimiento contencioso-administrativo
Recurso contencioso-administrativo. Codemandado. Interpretación del artículo 33 LJCA.
Auto del Tribunal Supremo 640/2023, de 18 de enero de 2023, rec. 1972/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar, interpretando el artículo 33 LJCA a la luz del principio pro actione, si en los supuestos en los que el recurso contencioso-administrativo sea interpuesto por la Administración Autonómica contra una resolución de los Tribunales Económico-administrativos totalmente estimatoria de una reclamación económico-administrativa, y, por tanto favorable a las pretensiones del contribuyente, pero que haya dejado imprejuzgados alguno de los motivos de oposición al acto recurrido por considerar innecesario su análisis, el órgano judicial debe resolver en la sentencia los demás motivos de oposición contra la resolución recurrida cuando hayan sido alegados por el codemandado en la contestación a la demanda.
Aclarar, si es necesario que el contribuyente en el supuesto en el que haya obtenido una resolución totalmente estimatoria de una reclamación económico-administrativa, y, por tanto, favorable a sus pretensiones, pero que haya dejado imprejuzgados alguno de los motivos de oposición al acto recurrido por considerar innecesario su análisis, para que esos motivos puedan y deban ser examinados debe interponer un recurso contencioso-administrativo.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Pagos a cuenta. Deducción por las retenciones que se debieron practicar por parte del pagador
Auto del Tribunal Supremo 17/2023, de 11 de enero de 2023, rec. 4478/2022
Cuestión con interés casacional: Reafirmar, reforzar, completar o, en su caso, cambiar o corregir la doctrina jurisprudencial sobre el derecho del sujeto pasivo y la obligación de la Administración tributaria de contemplar en la liquidación del IRPF que en su caso dicte, la deducción por las retenciones que se debieron practicar, pero no se practicaron, por parte del pagador de las rentas. Plantea cuestiones semejantes a las suscitadas en los RRCA/7336/2021, 1321/2022 y 2226/2022.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Deducción por inversión en vivienda habitual. Régimen transitorio (DT 18 LIRPF).
Auto del Tribunal Supremo 3324/2023, de 22 de febrero de 2023, rec. 6551/2022
Cuestión con interés casacional: Primero: aclarar si para poder aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del año 2013 se exige, en todo caso, que el contribuyente se haya deducido, de forma efectiva, cantidades por ese concepto con anterioridad a dicho ejercicio o, si por el contrario, resulta posible aplicar la deducción en ejercicios posteriores a 2013 en el supuesto de que el contribuyente no se haya deducido cantidades por el mismo concepto con anterioridad a ese año, pudiendo así haberlo hecho. Segundo: Si la respuesta a la pregunta anterior fuera que no resulta posible aplicar la deducción en ejercicios posteriores a 2013 si no se han deducido cantidades por el mismo concepto con anterioridad a ese año, pudiendo así haberlo hecho, precisar si, no obstante, cabe aplicar dicha deducción en el supuesto de que la falta de aplicación se derive de considerar que no se sobrepasaba la inversión realizada en otra vivienda habitual.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre Sociedades
Operaciones vinculadas. Preferencia en la aplicación de unos métodos de valoración sobre otros
Auto del Tribunal Supremo 842/2023, de 25 de enero de 2023, rec. 5217/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si, a la luz de la reforma operada por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de los métodos de determinación del valor de mercado de las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas, en contraste con la regulación que contemplaba sobre esta misma materia el artículo 16.4 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, puede aún sostenerse la existencia de alguna preferencia en la aplicación de unos métodos de valoración sobre otros o, por el contrario, es suficiente que se justifique de manera adecuada el motivo de la selección del método, sin necesidad de justificar la exclusión del resto.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Deducibilidad de las retribuciones satisfechas a los administradores. Previsión de la remuneración del cargo en los estatutos de la sociedad.
Auto del Tribunal Supremo 1739/2023, de 1 de febrero de 2023, rec. 4378/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si las retribuciones que perciban los administradores de una entidad mercantil, acreditadas y previstas en los estatutos de la sociedad, constituyen una liberalidad no deducible por el hecho de que la relación que une a los perceptores de las remuneraciones con la empresa sea de carácter mercantil y de que las mismas no hubieran sido aprobadas por la Junta General de Accionistas, o si, por el contrario, la inobservancia de este último requisito no puede comportar la consideración de liberalidad del gasto y la improcedencia de su deducibilidad.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Base imponible. Gastos deducibles.
Auto del Tribunal Supremo 3145/2023, de 22 de marzo de 2023, rec. 5943/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar interpretando el artículo 14.1.e) TRLIS, si solo puede entenderse que el gasto no es una liberalidad por tratarse de un bien o servicio que está correlacionado con los ingresos y se realiza para promocionar directa o indirectamente la venta de bienes y prestación de servicios, únicamente, cuando existe un contrato entre el adquirente y el prestador del servicio, o puede entenderse cumplido el requisito aunque no medie contrato entre ambos y la prestación del servicio sea consecuencia de la relación contractual celebrada por un tercero y el prestador del servicio en los casos en que el servicio prestado beneficie directamente a quien que se deduce el gasto y paga el servicio recibido. Principio de responsabilidad en materia de infracciones tributarias. Interpretación razonable de la norma. Aclarar si, en un caso como el presente, en el que un contribuyente del IS computa como gasto deducible una factura expedida a su nombre por una sociedad tercera que es quien ha contratado los servicios de marketing, y, por tanto, deja de ingresar parte de la deuda, resulta posible apreciar, a los efectos del procedimiento sancionador instruido por la falta de pago derivado de lo anterior, la concurrencia de un supuesto de interpretación razonable de la norma previsto en el artículo 179.2.d) LGT.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Base imponible. Gastos fiscalmente deducibles.
Auto del Tribunal Supremo 3362/2023, de 12 de abril de 2023, rec. 6568/2022
Cuestión con interés casacional: Deducibilidad de los gastos por patrocinio que han sido considerados para el límite máximo de la deducción del artículo 27.3 de la Ley 49/2002. Determinar si son deducibles de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades los gastos de patrocinio incurridos en programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público en los que se contemple por la norma que aprueba los beneficios fiscales del evento que tales gastos serán computados a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo párrafo del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, sin que dicha norma establezca expresamente su consideración de gasto no deducible.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Deducción del 100% de los dividendos o beneficios de entidades participadas en al menos un 5%. Art. 30.2 TRLIS, actual art. 21.1 LIS. Deducción por doble imposición interna o intersocietaria. Recalificación de préstamos como utilidades percibidas por la condición de socio, categoría no prevista en el TRLIS.
Auto del Tribunal Supremo 6266/2023, de 19 de abril de 2023, rec. 7104/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si unos ingresos financieros percibidos por una entidad provenientes de otra entidad filial pueden ser calificados en el marco de un procedimiento de regularización, a los efectos de su tributación en el Impuesto sobre Sociedades, como utilidades percibidas por la condición de socio en lugar de como participación en beneficios a pesar de la falta de previsión expresa de esa categoría en la norma reguladora del impuesto y si tal calificación impide la aplicación de la deducción prevista en el artículo 30.2 TRILS aunque la sociedad filial haya tributado por estas cantidades.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Aplicación del régimen de operaciones vinculadas. Servicios profesionales prestados por los administradores de una sociedad a otra sociedad distinta.
Auto del Tribunal Supremo 6271/2023, de 24 de mayo de 2023, rec. 7861/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si resulta de aplicación el régimen de operaciones vinculadas a supuestos en los que los administradores de la sociedad contribuyente prestan sus servicios profesionales, a través de esa misma mercantil, a otra sociedad distinta de aquélla.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre el Valor Añadido
Base imponible. Principio de neutralidad del IVA.
Auto del Tribunal Supremo 19/2023, de 11 de enero de 2023, rec. 3834/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar, en aquellos supuestos en los que el sujeto pasivo del IVA ha facturado y autoliquidado el impuesto aplicando incorrectamente un tipo reducido de gravamen y, tras ello, no puede rectificar las cuotas en virtud del artículo 89.Tres.1º de la Ley del IVA, si resulta procedente, a la luz del principio de neutralidad del IVA, exigir el incremento de las cuotas del impuesto —por la aplicación del tipo general de gravamen— calculadas sobre el mismo importe de base imponible que se empleó para calcularlo con el tipo reducido o si debe entenderse incluida, dentro de la cuantía total efectivamente percibida, la cuota debida del impuesto calculada al tipo general.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
• Artículos 1, 2.1.c), 73 y 78.a) de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.
Cesión de vehículos para uso privado del personal de la empresa. Inexistencia de renta. Existencia de deducción plena de las cuotas soportadas por la adquisición del vehículo. Doctrina del TJUE. Sujeción al impuesto.
Auto del Tribunal Supremo 1740/2023, de 1 de febrero de 2023, rec. 5226/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar si la cesión del uso de un vehículo por parte de una empresa a un empleado para su uso particular a título gratuito, en el caso de que se haya deducido la cuota de IVA soportada con ocasión de la adquisición del vehículo, es una operación sujeta a este impuesto o no.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Regularización de las cuotas de IVA soportado por servicios, cuya realidad niega la Administración Tributaria. Necesidad de regularizar las cuotas de IVA repercutido por los mismos servicios discutidos, permitiendo así una íntegra regularización y evitándose el enriquecimiento injusto a favor de la Administración tributaria.
Auto del Tribunal Supremo 2668/2023, de 9 de marzo de 2023, rec. 762/2021
Cuestión con interés casacional: Determinar si, habiéndole negado la Administración tributaria a un sujeto pasivo la deducibilidad de determinadas cuotas soportadas de Impuesto sobre el Valor Añadido por no considerarse probados ciertos servicios declarados, aun así, por mor del artículo 14 del Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, y de acuerdo con el principio de íntegra regularización conformado en la jurisprudencia de esta Sala, la Administración tributaria debe asimismo efectuar las actuaciones de comprobación necesarias para determinar si el mismo sujeto tiene derecho a la devolución de las cuotas indebidamente repercutidas, regularizando de forma íntegra la situación del reclamante con respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Filiación adquirida por sentencia posterior al fallecimiento del causante. Determinación de la fecha del devengo del impuesto.
Auto del Tribunal Supremo 3326/2023, de 15 marzo de 2023, rec. 5126/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar el momento en que se produce el devengo del Impuesto sobre Sucesiones cuando la adquisición de la condición de heredero forzoso se produce como consecuencia del reconocimiento de una filiación por sentencia firme dictada con posterioridad al óbito del progenitor y causante.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
Efectos de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del TRLHL por la STC 182/2021.
Auto del Tribunal Supremo 638/2023, de 18 de enero de 2023, rec. 4136/2022
Cuestión con interés casacional: Determinar los efectos de la inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, dictada el 26 de octubre de 2021, en relación con las liquidaciones que, a pesar de no haber adquirido firmeza, a esta fecha no habían sido impugnadas.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Efectos de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del TRLHL por la STC 182/2021. Consideración de situaciones consolidadas no susceptibles de ser revisadas con fundamento en la STC 182/2021.
Auto del Tribunal Supremo 5703/2023, de 17 de mayo de 2023, rec. 435/2023
Cuestión con interés casacional: Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El recurso de reposición contra la liquidación del IIVTNU se interpone antes de la STC 182/2021; el recurso contencioso-administrativo se interpone después (27/10/2022) de dictarse la STC (26/10/2022) pero antes de su publicación (25/11/2021). Determinar si las liquidaciones provisionales o definitivas en concepto del IIVTNU, practicadas y confirmadas en la vía administrativa previa a la judicial antes de dictarse y publicarse la STC 182/2021, de 26 de octubre, tienen o no la consideración de situaciones consolidadas que puedan considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento en la citada sentencia a través de la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa con fundamento exclusivo en la mencionada sentencia, aun en el caso de que la interposición del recurso judicial sea posterior al dictado de la sentencia constitucional, pero anterior a su publicación.
Normas jurídicas objeto de interpretación: