Los intereses suspensivos y los recargos reducidos del período ejecutivo. A propósito de la STS de1 de octubre de 2025.

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.48297/20vwch97

Resumen

La sentencia del Tribunal Supremo declara incompatibles los intereses suspensivos del art. 26.2.c) LGT con los recargos reducidos del período ejecutivo. El trabajo sostiene que dicha incompatibilidad solo alcanza a los intereses del período ejecutivo del art. 26.2.d), pues los intereses suspensivos compensan un retraso distinto: el derivado de la suspensión.
Extender la incompatibilidad desnaturaliza la lógica de los arts. 26 y 28 LGT y otorga un trato más favorable a quien solicita la suspensión en período ejecutivo frente a quien lo hace en período voluntario.

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Biografía del autor/a

  • Félix Alberto Vega Borrego

    Universidad Autónoma de Madrid
    (España)

Publicado

31-12-2025

Cómo citar

Vega Borrego, F. A. (2025). Los intereses suspensivos y los recargos reducidos del período ejecutivo. A propósito de la STS de1 de octubre de 2025. Revista Técnica Tributaria, 4(151), 327-346. https://doi.org/10.48297/20vwch97